No pretendo molestaros

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Yui Shin

miércoles, 4 de diciembre de 2019

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

          Decía ayer un Juez que: “Entre varias interpretaciones de la Ley, el Juez elige la más favorecedora para el acusado”.
          Me llamó la atención, el que uno de los fundamentos para esta decisión fuese, que los acusados tienen derecho a la presunción de inocencia.
          Dicho así, creo que la mayoría de los ciudadanos coincidimos o creemos, en que: “Todos debemos ser considerados inocentes mientras no se demuestre lo contario”. Al menos cuando somos nosotros los acusados de algo.
          No sé cuántas veces, habré escrito acerca de la correspondencia del Yin y del Yang, esa de que no puede crecer uno, sin la disminución del otro, siendo que, siempre serán mitad de una sola Individualidad o Unidad.
          Si alguien o una parte, es considerada inocente mientras no se demuestre lo contrario, esa Ley del Yin y el Yang, o Ley de la Dualidad, implicaría que: “La otra parte, sería considerada o tratada como culpable, mientras no se demuestre lo contrario”.
          Por ejemplo, si alguien que es ladrón, le roba el bolso a una mujer, y es denunciado: “Tendría que ser considerado inocente, hasta que existan pruebas del acto o acción denunciada”.
          Incluso, si un delincuente es prácticamente pillado cometiendo el delito, para ser condenado hay que demostrar su culpabilidad.
          Es una Ley, que protege indudablemente el derecho a ser considerado inocente, de todo delincuente, que hay que probar y tener pruebas concluyentes de cada parte del delito cometido.
          Tenemos los casos de las manadas, en las que se pide que no se tenga en cuenta un vídeo, porque podría haber sido encontrado sin las garantías necesarias. O el del violador que ha intentado forzar y secuestrar varias veces, a jóvenes más débiles que él para violarlas y que lo ha conseguido con algunas que se sepa, que hay que mostrar pruebas fehacientes para que se diga que existió violación.
          Que hay casi, que tener una declaración jurada, por triplicado, firmada ante notario, con fotos y documentada, para sentenciar la delincuencia de los poderes.
          Lo que nadie mira, es el otro lado de la Ley: “Si un delincuente es considerado Inocente hasta que no se demuestre lo contrario, los ciudadanos abusados, violados o robados, son considerados culpables mientras no se demuestre que es verdad lo que denuncia”. Algo difícil, cuando, por ejemplo: eres asesinado.
          También es curioso, que si alguien le roba el bolso a una mujer, o es violada por un violador, estos son considerados inocentes, mientras no existan las pruebas concluyentes del acto.
          En cambio, es suficiente que una mujer, diga que ha sido: Maltratada, abusada o violada por su pareja, para que este o esta sean considerados culpables, porque hay una Ley de Discriminación Positiva. Que cabría preguntarse, si es solamente para el caso de personas que no son delincuentes.
          Con esto no hablo de no tomar en consideración medidas de protección, solamente señalo, que hay que ser un delincuente, para tener derecho a ser considerado inocente.
          Pero hay demasiadas leyes y demasiadas presunciones, que señalan directamente a la desprotección de la otra parte, de la otra mitad: “Al soldado se le presupones el valor, a los funcionarios la ética y la dignidad profesional, a los Jueces y Fiscales amor a la Justicia, desde la defensa y protección de la Verdad, la Dignidad y la Ética”. Señalando directamente, a la desprotección de cualquier ciudadano corriente, cuando hay diferencias entre ellos, porque carecen: de valor, de ética, de dignidad, de amor a la verdad y la Justicia, al menos si es comparado con quien se le presupone ser un paladín y poseedor de esos valores.
          Y es que las presunciones, la mayor parte de las veces pueden entrar en la Ley, pero no tienen cabida en la Justicia.



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