En los años 70 en Documentación Catastral,
mi parcela está documentada con 1268m2. y la vecina en documento individual
tiene superficie de 228m2 y un ancho de unos 10 metros. En el plano general de
mismo Catastro, la parcela vecina está dibujada sin medidas con 319m2 y un
ancho de unos 14 metros, al incluir en ella, el callejón de Dominio Público
Viario de 4 metros de ancho que separaba ambas parcelas, algo totalmente
prohibido por la Ley y por las competencias de Catastro. mi parcela conserva la
misma silueta.
En 1988, Catastro documenta el delito
en un plano individual de la parcela, con superficie de 319m2 y unos 14 metros
de ancho, Ilegalmente y sin tener competencias para ello, al ser Urbanismo
quien las tiene.
Cuando la actividad ganadera, cesa en
mi parcela, siendo que la parcela vecina, se había apropiado en fecha que
desconozco y no se encuentra Documentos Públicos de los cambios Ilegales de la
situación, Urbanismo en cumplimiento de la Ley, que crea el Dominio Público
Viario con el retranqueo de ambas parcelas, decide y Documenta que la otra
mitad no invadida pertenecería a mi parcela.
Algo que modifica su superficie y
silueta que no es registrado en Catastro. Mientras Urbanismo incluye en su
Documentación la mitad apropiada indebidamente en la parcela vecina, aumentando
su superficie a unos 270m2 y la mitad con ancho de unos 14m y la otra mitad con
unos 10 metros. Algo que por Ley, hace que Catastro tenga que incluir en su
Documentación los cambios urbanos realizados, pero que Catastro sigue
Documentando lo mismo que en el plano general de los años 70, sin Competencias
y fuera de la Ley.
Posteriormente en los años 90, la
parcela vecina invade terreno público en el frente de la mitad de la parcela, y
en 2005 lo hace en la otra mitad, aumentando el ancho a unos 20 metros y la
superficie a unos 450m2.
Aprovechando que no estaba mi parcela
habitada, en 2005 o 2006, invaden el patio de luces, creado para que pudiesen
maniobrar los carros que aprovisionaban de heno para el ganado, a través de un
bocarón en el muro de los corrales.
La parcela vecina ha pasado a ocupar
una superficie de unos 500 metros cuadrados, desde los 228 metros cuadrados
documentados en los años 70.
En 2009, se realiza en la parcela
vecina una división horizontal, para que cada hermano ocupase su mitad. Lo que
se Documenta es una parcela de 298 metros cuadrados, que es por lo que se
Escritura y paga a Hacienda.
La situación es de una parcela que en
Urbanismo tiene superficie de unos 270m2, en Catastro se modifican los 319m2,
para pasar a 298m2, que son los que hay Documentados en el Registro de la
Propiedad.
Es con esta Documentación en la que el
patio de luces reclamado judicialmente, situado en toda ella en mi parcela, con
Documentos que dicen que además una zona de patio no reclamada también
pertenece a mi parcela. Con una Documentación que no coincide, con modificaciones
Ilegales en el tiempo, que además, no sólo ha más que duplicado su superficie sin
que existan Documentos de compra de terreno ajeno, sino que la realidad de la
superficie ocupada no puede coincidir con ninguno de los Documentos Públicos.
La Jueza decide que esta Documentación no muestra lo justo de mi petición.
Por lo que pide al Perito Judicial de la
Justicia Gratuita, que haga un Documento, en el que diga lo contrario que toda
la Documentación Pública, para basar en él la Sentencia que dictaría cuando se
celebrase el Juicio.
Lo que hace, que más que Juez parezca
una vidente, pues conocía la Sentencia antes de celebrar y conocer las
argumentaciones y sabía el Documento necesario para Sustentar la Sentencia que
emitiría.
Algo que sólo puede señalar
presuntamente, a: Abuso y Violación de la Justicia y Prevaricación Judicial premeditada.
Pues se basó en falsedad y perjurio.

No hay comentarios:
Publicar un comentario