Este el regalo, que legalizan como propiedad de los demandados.
No
solamente legalizan el robo del patio de luces, sino el terreno público
invadido y registrado, que debería haber entre ambas parcelas.
Su
Sentencia legalizando el robo, obliga al cambio de planos en Catastro, lo que
hay en el Registro de la Propiedad y a realizar nuevas Escrituras, una
descontando lo robado y cambiando la forma de la parcela. Otra, para añadir lo
robado por la familia a lo largo de los años, que con el amparo de las
Administraciones Públicas y el Legal, han podido robar legalmente.
No sé,
cómo demostrar mejor que lo que dicen todas las Administraciones Públicas es lo
que pertenece a la realidad de mi propiedad. Pues habría que tener sentido
común y no tener que proteger a los amigos, familiares o protegidos de la
Administración Pública, para ser visto sin necesidad de estudios. Sigo
confiando en encontrar alguien que sepa que existe la Dignidad, aunque esté
perdiendo toda esperanza de hacerlo en Castilla y León.
Para
ahorrar planos y explicaciones, pueden pedir en cualquier Administración
Pública planos de mi parcela, pues en todos ellos está incluido en ella el
patio de luces demandado. Si no lo tienen claro con eso, no hay nada que yo
sepa que pueda hacer, para que vean la Justicia. Si no es que me pidan ir a
entrevistarme personalmente.
Otra de
sus consideraciones importantes, trata sobre la diferencia de superficie
registrada en Catastro de 647m2 y los 602m2.
Como dice
el plano del Archivo Histórico de Palencia, la parcela tenía una superficie de
1268 metros cuadrados en origen y hasta el año 2000 aproximadamente.
Tras el
robo, el expolio o abuso de poder de Estructuras Agraria, mintiendo y engañando
a los dueños de ese momento. Antes que pelear por la Dignidad, la legalidad y
la Justicia, prefirieron aceptar el expolio, registrando y Escriturando la
herencia de una parcela de 647 metros cuadrados, que viendo lo que hay en la
Comunidad, comprendo los motivos.
Esto es lo
que se vendió en 2005 a quien me la vendió a mí, con la calificación de casa en
ruinas. “se dice que el inmueble tiene una superficie de 647 metros cuadrados.
Esta medición se contradice con la medida del inmueble que consta en el
catastro (602 metros cuadrados)”.
Entre esa
fecha, y la de mi compra en 2009, alguien fue a Catastro, solicitando el cambio
de calificación a solar, descontando al mismo tiempo unos 40 metros cuadrados,
pertenecientes al patio de luces robado o que se iba a robar. Siendo cambiados
entonces los datos catastrales y la superficie, quedando reducida a 602 metros
cuadrados. Lo más lógico es que lo solicitara alguien enviado por los ladrones,
pues no fueron los dueños.
Como ven,
nada que ver con la argumentación de la Juez del Juicio en su alegación, o con
las realizadas por Sus Señorías. Mi reclamación es entre 1267 m2 y más de
600m2. El que sean 647 o 602 m2, si se respetan los planos, la forma y los
muros, no tiene significado, pero no es una alegación mía, no sé si de mi
abogada, pero no lo he mantenido yo con la interpretación que hacen ustedes. La
unión de las parcelas es una línea recta o el patio reflejado en varios planos
del Archivo Histórico de Palencia, en uno de los cuales vienen sus medidas.
Sobre todo, los anteriores a la Concentración Agraria.
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