La parcela que yo compro, no es la del Plano Nº2, sino la que se documenta tras los abusos de la Administración Pública de Palencia, en ella. El Plano es el Catastral, que refleja los nuevos abusos y violaciones que Catastro realiza, en el que crea con la información recibida de Estructuras Agrarias.
El Plano Nº8, muestra que la parcela de 1268m2 del Plano Nº2, ha sido reducida a una superficie de 647m2.
El Plano es el mismo, del que se ha
excluido la parte Pd215, en su totalidad. Algo que también es falso y por tanto
el dibujo del Plano, no refleja la realidad o Verdad.
Lo documentado en este Plano es que:
La superficie construida es de 984m2, que siendo en dos plantas, daría una
superficie en suelo de la mitad: 492m2, que sumándole el patio del dibujo y el
patio de luces acotado en el Plano Nº2, daría una superficie aproximada de unos
550m2 o 560m2, que haría que hubiese una huerta fuera de los muros, como dicen
las Escrituras y el Registro de la Propiedad, además puede verse en la
Documentación Catastral, en el Plano con superposición de la fotografía aérea
del pueblo.
Con motivo del robo del patio de luces por otro vecino, que había unido ambas parcelas, convirtiendo el muro en medianero, gracias a la Legalización de Catastro a una invasión de terreno público. Catastro decide disminuir de la superficie, los metros cuadrados del patio de luces robado, dejando la superficie de la parcela en 602m2.
Algo que sólo puede realizarse
ilegalmente, cuando además no se atreve a modificar la silueta de las parcelas.
Siendo lo representado en el Plano Nº10, lo que el Juez Sentencia que haga Catastro. Modificar la silueta, legalizando el robo, ya documentado.
Pero en este Plano Nº11, si que puede apreciarse, que el linde norte, está más allá de los muros de la antigua construcción, por la superficie ocupada y porque el plano al realizarse a escala, es lo que indica.
Algo que además está documentado en el Archivo Histórico, que tiene un Plano creado tras la Concentración Agraria, que coincide exactamente con el vigente.
En ambos, están representados los
caminos, la Calle Recta y que el muro norte tiene vistas sobre la misma
propiedad, y no es necesaria la concesión de servidumbre por el vecino
agraciado con la parcela creada, como asegura el vecino demandante y la Jueza,
que no sólo no entiende de planos, que no se asesora por alguien con dignidad
que si los entienda, y además no sabe leer CALLE RECTA, escrito en todos los
documentos existentes.
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