silueta.
Un nuevo cambio de Leyes, hace que se
ordene y alinee, las propiedades urbanas. Lo que hace que el casco urbano de
los pueblos, este circunvalado por un camino que lo separa de la zona rústica,
como es el caso del plano Nº- 4.
Documentando en este plano, que todas las propiedades incluidas dentro de los caminos de circunvalación, son de naturaleza urbana.
Este plano Nª- 4 creado por Urbanismo,
no tiene realmente motivos para hacerse, indicando la creación de una parcela urbana,
que ocupa parte de terreno público, según se ve en el plano Nº2.
El plano es de Urbanismo, y
aparentemente es una modificación de los antiguos, pues recoge en el dibujo: La
ley de ordenación y alineamiento de las propiedades urbanas, que no sé de cuándo
es, pero por los planos debió de ser por los 80.
Probablemente, ambos documentos eran
necesarios para que Catastro, asegurase que aceptaba documentar una parcela
urbana creada en una Concentración Agraria y la alteración de la documentación
existente para darle apariencia legal.
Sin embargo, ambas parcelas son
diferentes en cuanto a superficie y si bien la creada por Estructuras Agrarias,
no documenta el ancho de los caminos y Calle Recta, parecen ser más estrechos
que los de Urbanismo. Probablemente, porque el ancho es el retranqueo que
habían realizado las parcelas existentes y no retranquea la que ellos están
creando, algo que también sería ilegal. Estructuras Agrarias, crea una parcela
urbana sin competencias para ello, crea calle y caminos urbanos, sin
competencias para ello, usa un plano obsoleto y que no tenía vigencia en cuanto
a la zona urbana, tratando de engañar, creando una parcela que está registrada
con una superficie de 1736m2, y reduce la parcela unifamiliar y urbana que yo
compraría de 1268m2 a 647m2, algo que aparte de ser ilegal, no tiene
competencias para realizar.
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